En esta nota te mostramos las diferencias que hay en el sellado y las certificaciones de alimentos sin TACC según cada país. España aplica los estándares más exigentes y algunas naciones aceptan a la avena como ingrediente. Argentina en un punto medio.

 

Los consumidores nos volvemos cada vez más exigente con la seguridad y calidad de los productos. En nuestro colectivo celíaco y el de personas con alergias e intolerancias alimentarias, o con otras patologías dependientes de la alimentación, sabemos que se requieren de controles más estrictos.

España

La Marca de Garantía “Controlado por FACE” (La Federación de Asociaciones de Celiacos de España) es un protocolo de seguridad alimentaria que garantiza que los productos certificados como aptos contengan < 10 ppm de gluten para fabricantes de alimentos sin gluten cuyos productos se destinen al mercado español.

El logotipo se imprime en el etiquetado y en la información comercial de producto. El consumidor puede observarlo en el envase de los productos y en el listado de alimentos “Controlado por FACE” publicado por la Marca de Garantía donde son incluidos.

Esto le da un valor añadido a los productos certificados. Los principales distribuidores en España reconocen la importancia de esta marca de garantía nacional.

Comunidad Europea

El Sistema de Licencia Europeo (ELS, por sus siglas en inglés), es regulado por la AOECS (Asociación de Celíacos de Europa) y garantiza un contenido de gluten inferior a 20 ppm (mg/kg) en el producto final.

Está orientado a fabricantes de alimentos sin gluten cuyos productos se destinen al mercado de la UE. El símbolo que utiliza es la famosa espiga barrada o logo internacional de celíacos. Ambos protocolos se pueden certificar conjuntamente.

Dentro del mercado español, siempre es obligatorio el símbolo de FACE y optativo el ELS, salvo para productos importados. Observamos entonces que, comparativamente, la certificación española (FACE) es algo más exigente cuantitativamente en el contenido de gluten en cuanto a que exige la mitad de la norma europea.

Otros países

Se admiten productos con avena, que en otros países aún no está aceptada como libre de gluten, e incluyen alimentos y bebidas que, aun conteniendo ingredientes con trigo, cebada y/o centeno, si su contenido es inferior a 10 o 20 mg/kg de gluten (10 o 20 ppm de gluten) se admiten como aptos para celíacos. Esta aún es una gran diferencia con países como la Argentina, cuyo código alimentario prohíbe expresamente denominar libre de gluten a cualquier producto que contenga trigo, avena, cebada o centeno (TACC) en su composición (aun midiendo menos de 10 ppm de gluten). Debemos leer bien las etiquetas de los alimentos para asegurarnos que el producto que consumimos no contenga gluten en sus ingredientes, ni ninguno de los cereales que pueden dañar las vellosidades intestinales de los celíacos.

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